Edenred

La solución que te permite brindarle el Beneficio Social de Guardería de forma eficaz a todos tus colaboradores

Tarjeta para Gastos de Guardería en tu Empresa
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Con Empresarial Edenred podes administrar el Beneficio de Guardería de tus colaboradores, brindarles flexibilidad para que sean ellos quienes elijan la guardería y/o sala maternal y vos controlar digitalmente todos los comprobantes. Empresarial con sello Mastercard te permite realizar operaciones seguras, y nuestra plataforma intuitiva facilita la asignación y seguimiento de los recursos así como la comprobación y deducción.

¿Qué es Empresarial para gastos de guardería en tu Empresa?

Plataforma de gestión de gastos y mobile app para controlar y administrar el beneficio social no remunerativo.

 

El Administrador asigna los montos por tarjeta y reglas de uso. Los Usuarios elijen la guardería y/o sala maternal que quieran y rinden sus gastos a través de la app, subiendo la factura para gestionar el reintegro.

 

Gestioná el beneficio para los colaboradores de tu empresa con Empresarial, y hacé 100% online y paperless todo el proceso.
Tarjeta Corporativa para Gastos de Guardería
Tarjeta no bancaria con cobertura nacional en toda la red Mastercard.
Podés establecer reglas de uso y restricciones por tarjeta, y comercios específicos.

Guarderías para tu Empresa

Red de Comercios Guarderías

Preguntas Frecuentes

Empresarial de Edenred es la solución que te permite administrar los beneficios sociales de guardería de tu empresa y brindar un diferencial para tus colaboradores.
Empresarial es aceptada en toda la red Mastercard, garantizando así su uso en todo el territorio argentino.
Empresarial, es una herramienta para las empresas que cuenta con un chip, tecnología contactless y también el ssuario la puede bloquear y desbloquear las veces que quieras desde la App.
Se obliga a ofrecer espacios de cuidado de niños entre 45 días y 3 años de edad, a los establecimientos con 100 trabajadores o más o en el caso de no poder brindar el espacio compensar el gasto. El beneficio deberá ofrecerse a los trabajadores que estén a cargo del niño durante su jornada de trabajo. El beneficio es establecido tanto para el trabajador como para la trabajadora, quienes deberán tener la posibilidad de gozar el beneficio, en la medida que acrediten encontrarse a cargo del niño, durante su jornada laboral. Implicará en la práctica, una adecuada gestión de personal para determinar aquellos trabajadores con derecho al goce del beneficio, con independencia de si el cuidado es total, permanente o alternado.Los espacios de cuidado deberán respetar las condiciones de habilitación de cada jurisdicción.
La negociación colectiva podrá prever el reemplazo de la obligación de implementar el espacio de guardería, mediante el pago de una suma No Remunerativa, en concepto de reintegro de gastos, debidamente documentado.
El monto a reintegrar NO podrá ser inferior al 40% del salario mensual de la categoría “Asistencia y Cuidados de Personas” del Personal con retiro del régimen previsto en la Ley N° 26.844, o al monto efectivamente gastado en caso de que este sea menor.
El Art. 103 Bis legisla sobre los denominados “Beneficios Sociales” que son prestaciones económicas de carácter NO Remunerativo, cuya finalidad es mejorar la calidad de vida del dependiente o de su familia a cargo; estableciendo expresamente en su inc. F: “Los reintegros documentados con comprobantes de gastos de guardería y/o sala maternal, que utilicen los trabajadores con hijos de hasta seis (6) años de edad cuando la empresa no contare con esas instalaciones”

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